Buenas noticias para los pensionistas: la inesperada paga extra de más de 500 euros si cumplen este simple requisito

Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan, a la fecha de la solicitud, los siguientes requisitos

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Jota Caral / Manuel Riu

El último decreto firmado por el Gobierno tras su pacto con Junts permitirá que los pensionistas puedan mantener en sus mensualidades la subida pactada por el Gobierno con sus socios para este 2025. La subida, que ya se ha aplicado en enero, permanecerá sin cambios durante el resto del año. Hasta este martes, los pensionistas estaban en vilo ante la posibilidad de que sus pensiones volviesen a bajar en febrero. Un escenario que finalmente no se producirá.

La subida de las pensiones está regulada por ley, específicamente en el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Este artículo establece que las pensiones contributivas subirán conforme al IPC medio de los doce meses previos a diciembre del año anterior, es decir, de diciembre de 2023 a noviembre de 2024. Con esta norma, se busca garantizar que las pensiones no pierdan poder adquisitivo. Por ello, junto a esta medida, se eliminó la conocida como “paguilla de las pensiones”, que correspondía a los atrasos derivados de este IPC. Según los últimos datos publicados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la pensión media total, que incluye las de jubilación, incapacidad permanente, viudedad y orfandad, subirá de 1.260,93 euros mensuales a 1.296,23 euros, lo que supone un aumento de 35,30 euros al mes.

La pensión media de jubilación, actualmente fijada en 1.448,77 euros mensuales, aumentará en 40,56 euros, alcanzando los 1.489,33 euros mensuales, lo que equivale a 20.850,69 euros anuales. Por su parte, la pensión media de incapacidad permanente subirá de 1.165,60 euros a 1.198,24 euros mensuales, con un incremento de 32,63 euros. La pensión media de viudedad pasará de 898,82 euros a 923,98 euros mensuales, un aumento de 25,16 euros. En cuanto a la pensión de orfandad, subirá de 503,30 euros a 517,39 euros mensuales, con un incremento de 14,09 euros. Finalmente, la prestación en favor de familiares aumentará de 744,90 euros a 765,75 euros mensuales, lo que supone una subida de 20,85 euros.

Además, el Imserso aporta una cuantía del complemento de 2025 de 525 euros a los pensionistas que cumplan los siguientes requisitos.

Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan, a la fecha de la solicitud, los siguientes requisitos:

  • Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
  • Carecer de vivienda en propiedad.
  • Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
  • No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
  • Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una PNC, solo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.Solicitud del complemento. El plazo de solicitud de este complemento para 2025 finalizará el 31 de diciembre.

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