Sentencia polémica
La absolución de Alves sacude la ley del 'solo sí es sí': "¿Ahora quién va a denunciar?"
Abogadas y magistradas cuestionan que el fallo no aplica "el pleno consentimiento" de la ley de garantía integral de libertad sexual y alertan de que puede aumentar la "impunidad" de los agresores sexuales

Archivo - La abogada de Dani Alves, Inés Guardiola (2i), y el exfutbolista Dani Alves (1d) a su salida de la cárcel de Can Brians, en una imagen de archivo / EUROPA PRESS
Patricia Martín
Si ya la condena por violación a Dani Alves dejó un sabor agridulce entre juristas especializadas en violencias machistas porque fue penado con el tiempo mínimo, cuatro años y medio de prisión, cuando la fiscalía pedía nueve años (entre otros motivos porque el exfutbolista pagó una indemnización de 150.000 euros para reparar el daño), su absolución ha caído este viernes como un jarro de agua fría en personas y colectivos implicados en la lucha contra las violencias sexuales. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha absuelto al jugador al considerar que el relato de la víctima “no es fiable”, porque existen inconsistencias y no hay pruebas suficientes que desvirtúen la presunción de inocencia. Sin embargo, magistradas como Carla Vallejo entienden que el fallo no incluye la aplicación del pleno consentimiento que contempla la 'ley del solo sí es sí' y exige "declaraciones perfectas" en momentos de 'shock'. "Parece una sentencia propia del sistema legal anterior", afirma.
Sobra decir que los juicios mediáticos sirven, en función de su evolución, de acicate o freno a la lucha contra las violencias machistas y, sin duda, la absolución de Alves puede suponer un “retroceso tanto a nivel jurídico como social”, ha resumido la abogada de la víctima, Ester García. A las puertas de su despacho, ha explicado que la denunciante “ha sentido como si volviera al baño donde se produjeron los hechos”. "¿Ahora quién va a denunciar?", apuntan abogadas y juezas.
Disuasión
Por todo ello, el fallo ha causado “indignación” en el movimiento feminista, según explica a EL PERIÓDICO Marisa Fernández, miembro de Dones Juristes y Novembre Feminista, porque al ser un proceso “mediático y simbólico”, en el que una joven se atrevió a denunciar a un personaje famoso y exfutbolista, que el TSJC no crea su relato va a ser “un desastre” porque “va a disuadir” a muchas víctimas de denunciar.
"La sentencia es muy desesperanzadora para las mujeres que sufran agresiones sexuales, porque pueden pensar que es casi imposible romper la presunción de inocencia", afirma la abogada Altamira Gonzalo
“Si el acusado ha dado cinco versiones diferentes y ha mentido con reiteración, mientras la denunciante ha sido siempre coherente en el relato de los hechos centrales, y no es creída, la sentencia es muy desesperanzadora para las mujeres que sufran agresiones sexuales, porque pueden pensar que es casi imposible romper la presunción de inocencia y esto nos va a llevar a la impunidad de los depredadores sexuales”, opina a su vez la jurista Altamira Gonzalo.
“Se están acumulando muchos procesos por violencias sexuales con visibilidad pero en algunos momentos nos damos contra una pared y luego les decimos a las víctimas que tienen que denunciar, pero se les quitan las ganas de luchar”, afirma Paula Narbona, abogada especializada en violencias machistas.
'Ley del solo sí es sí'
Por su parte, la magistrada Carla Vallejo pone el acento en que la sentencia “se aparta de la doctrina del Tribunal Supremo, que permite que con la declaración de víctima se pueda condenar en delitos que suceden en la intimidad”. En su opinión, el fallo de la sala de apelaciones del TSJC exige “una declaración perfecta, sin ningún olvido, que es imposible si partimos del estado de 'shock' de las víctimas, lo que convierte más difícil la condena”.
“Desde el respeto a la sentencia, el fallo demuestra que es muy difícil probar los delitos que ocurren en la intimidad, lo que dificulta el acceso a la justicia de las víctimas”, afirma Gloria Poyatos, cofundadora de la Asociación de Mujeres Juezas
Asimismo, Vallejo considera que “no se ha atendido” la aplicación del concepto de libertad sexual basado en el pleno consentimiento, que contempla la 'ley del solo sí es sí’, porque los jueces de apelación “dudan de que pueda existir un cambio de parecer” en la víctima, que entró voluntariamente al baño donde ocurrió el acto sexual, pero asegura que dejó claro a Alves que no quería mantener sexo. “Parece una sentencia propia del sistema legal anterior”, sostiene.
Pruebas
Victoria Rosell, jueza y exdelegada contra la violencia machista, opina que el fallo supone un “palo” para la Audiencia de Barcelona (que condenó a Alves), para la víctima y “para todas las que vengan detrás”, pese a que, a su juicio, había un “montón de pruebas” incriminatorias. “No es cuestión de la ley, sino de la valoración judicial y volvemos al problema de los estereotipos judiciales y la falta de especialización”, denuncia.
También desde el ámbito judicial, la cofundadora de AMJE (Asociación de Mujeres Juezas), Gloria Poyatos, desde el “respeto a la sentencia”, subraya que el fallo demuestra que “con el ordenamiento jurídico español y del resto de países es muy difícil probar los delitos que ocurren en la intimidad, lo que dificulta el acceso a la justicia de las víctimas”. Asimismo, recuerda que las agresiones sexuales son “delitos traumáticos” en los que, en ocasiones, las víctimas no recuerdan bien todo lo sucedido pero, sin embargo, el derecho les exige “que lo recuerden con detalle”.
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