CATÁSTROFE EN VALENCIA
La Fiscalía rechaza la petición de investigar a Pilar Bernabé y recuerda que las competencias son de la Generalitat Valenciana
El Ministerio Público considera que su cometido era de "estricta coordinación de la administración estatal con la autonómica"

La delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, segunda por la izquierda, en una reunión del Cecopi junto a Mazón, Mompó y Pradas, entre otros. / REDACCIÓN
Laura Ballester | Cristina Gallardo
El fiscal de la dana apoya la decisión de la jueza de no imputar a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, en respuesta al recurso de apelación de Hazte Oír porque, recuerda, las competencias en emergencias corresponden a la Generalitat Valenciana. Según un escrito notificado hoy a las partes, el fiscal adscrito al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja señala que "la titular de la conselleria [de Justicia e Interior], en su condición de directora del plan especial frente al riesgo de inundaciones, declaró la situación de emergencia dos, y, por ende, le competía la dirección de dicho plan, y, consustancialmente, la función de determinar las medidas de protección a la población que debían adoptarse".
Por tanto, añade, "el cometido de la delegada del gobierno en la Comunidad Valenciana, al no ser declarada la situación de emergencia de interés nacional, era de estricta coordinación de la administración estatal con la autonómica, sin que, respecto al resultado generado -fallecimientos o lesiones de personas como consecuencia de las inundaciones descritas anteriormente-, y al no hallarse en la posición de garante ni tener un dominio funcional del riesgo, pueda imputársele, desde la perspectiva del principio de culpabilidad que rige el derecho penal, la falta de adopción de decisiones que hubieren evitado o atenuado el referido resultado".
El fiscal de la DANA solicita así a la sección segunda de la Audiencia de Valencia, la competente para revisar los recursos al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3, que desestime el recurso de apelación presentado por la asociació ultraderechista Hazte Oir, contra el auto del 24 de febrero que inadmitió la querella contra la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, "al no ser constitutivos de delito los hechos relatados en la referida querella, al considerar que la resolución recurrida es ajustada a derecho" por lo que solicita la confirmación del auto de la magistrada del 24 de febrero.
Al respecto, fuentes de la Generalitat aseguran a Levante-EMV que en estos argumentos "se obvia deliberadamente que la ley estatal de emergencias de 2015 otorga a la delegada del Gobierno funciones clave: debe coordinarse con la Generalitat en la toma de decisiones en materia de protección civil, actuar si los medios autonómicos son insuficientes y, lo más importante, solicitar o activar directamente la declaración de emergencia nacional si la situación lo exige". Por tanto, añaden, "la contradicción es evidente: Por un lado, se dice que la delegada no tiene competencias en protección civil. Pero por otro lado, la legislación nacional le da a la delegada herramientas claras para intervenir y pedir al Ministerio del Interior el paso a situación 3 de emergencia nacional en caso de que ella considere que está en juego el interés nacional. Entonces, ¿en qué quedamos: no tiene competencias pero sí puede pedir el paso a situación de emergencia nacional?"
Y, por último, añaden que "no se puede tener el poder para actuar y luego escudarse en que no era competencia propia. Cuando los medios autonómicos son insuficientes, la representante del Estado debe dar un paso al frente. No lo hizo con la diligencia que se le presupone. Y eso también es responsabilidad", defienden fuentes de la Generalitat.
La jueza de Catarroja que investiga la dana inadmitió la querella que presentó la asociación de ultraderecha 'Hazte Oir' contra la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, a la que pedía citar como investigada por los 229 fallecidos de la dana del 29 de octubre. La entidad ultracatólica perseguía desde esta imputación de Bernabé desde el 14 de noviembre, la fecha en la que está datada la querella que dirigía únicamente contra la actual delegada del Gobierno. Y que primero presentó en los juzgados de instrucción de València y que recayó, por turno de reparto, en Instrucción 10, que también la inadmitió por un defecto de forma. Finalmente la querella de Hazte Oir acabó en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja, cuya titular decidió inadmitirla en febrero.
La magistrada argumentó su decisión en que "el fundamento de la querella formulada por la asociación Hazte Oir es que la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana no instó al Ministerio del Interior la declaración de emergencia de interés nacional", según reflejaba la jueza en el auto en el que rechazaba la investigación de la delegada del Gobierno.
"La cuestión estriba -señalaba la magistrada en su auto- si la alegada omisión constituye la base de la atribución de los homicidios y lesiones cometidos por imprudencia grave, objeto de la investigación en este procedimiento, a la delegada del Gobierno. La respuesta ha de ser necesariamente negativa", respondió.
"Asociar a la delegada del Gobierno la responsabilidad en los fallecimientos y lesiones imprudentes del día 29 de octubre, cuando la competencia en materia de protección civil es autonómica y la inactividad se produjo en dicho ámbito, carece de cualquier asidero legal", señaló la magistrada en su auto que ha sido recurrido en apelación ante la sección segunda de la Audiencia de València.
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