Sentencia
El Supremo cierra la puerta a convertir en fijos a los interinos en fraude
Los magistrados afirman que "este criterio no se opone a la jurisprudencia del TJUE", que ha reñido a España por no tener los mecanismos suficientes para evitar el abuso de la temporalidad

Una protesta de trabajadores interinos. / EFE

El Tribunal Supremo ha vuelto a insistir en que no es legal convertir en fijos automáticamente y sin concurso u oposición mediante a los interinos que estén en fraude de ley. Los magistrados del alto tribunal han reiterado su doctrina y han cerrado la puerta a soluciones extraordinarias en ese sentido, una vez que desde la justicia europea hayan reprendido a España por no tener mecanismos suficientes para evitar la creación de nuevas bolsas de eventuales que se pasen años o décadas en dicha situación.
El Supremo ha vuelto a cerrar la puerta a la fijeza. Considera que la posibilidad de compensar a un interino que pueda demostrar que la Administración ha abusado de él teniéndolo como temporal durante años con automáticamente una plaza contraviene los principios de igualdad, mérito y libre concurrencia que debe tener obligatoriamente el acceso a todo empleo público en España.
En dos sentencias publicadas durante el año pasado, el TJUE censuró a España por no tener los mecanismos suficientes para desincentivar que la Administración vaya generando interinos. Ni penaliza suficientemente a los organismos que incurran en ese fraude, ni repara debidamente el daño causado a los temporales. El TJUE había abierto la puerta a hacerlos fijos como reparación, pero siempre que ello no fuera en contra de la legislación nacional española. Y ahora el Supremo se ha pronunciado y ha dicho que sí, que sí que va en contra.
"La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictado dos sentencias en las que reitera que el ordenamiento jurídico español no permite convertir al personal temporal de la Administración en funcionario de carrera o personal fijo o equiparable sin que medien los procesos selectivos previstos legalmente para acceder a esa condición", ha manifestado el Supremo en una nota informativa.
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