El padre de Lena acusado por el accidente en el que murió su hijo reconoce que iba ebrio y acepta 2 años de prisión

El hombre conducía de madrugada y chocó contra un muro, y su hijo de 40 años que iba de copiloto falleció

El lugar en el que se produjo el choque, con una pala limpiando la zona.

El lugar en el que se produjo el choque, con una pala limpiando la zona. / D. O.

L. Díaz

Oviedo

El acusado de un accidente de tráfico en el que falleció su propio hijo, en el concejo de Lena en marzo de 2023, reconoció este martes que conducía en estado de embriaguez cuando se produjo el siniestro. Aceptó una condena de 2 años de prisión, además de 3 años y 6 meses de privación del permiso de circulación. La vista oral estaba estaba señalada para la mañana de este martes en el Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo.

Sobre las 2:25 de la madrugada del 31 de marzo de 2023, el acusado (nacido en 1956) circulaba por la AS-375 con sus "facultades psicofísicas alteradas por la previa ingestión de alcohol", tal y como señaló la Fiscalía y aceptó el acusado. Al llegar al kilómetro 30,603, en la salida de una curva con proyección a la derecha, con la calzada limpia y seca y una limitación de velocidad de 50 kilómetros por hora, su coche se salió de la calzada por el lateral derecho y colisionó contra un muro. A continuación, volcó sobre el lateral izquierdo del vehículo. Tanto el acusado como su hijo, S. C. I., que tenía 40 años (1983) y que viajaba con él, quedaron atrapados en el vehículo.

El acusado resultó herido y fue trasladado al HUCA, donde se le tomaron muestras de sangre, que fueron analizadas por resolución judicial, dando un resultado, a las dos horas del siniestro, de 227 mg/dl. Su hijo falleció en el mismo lugar de los hechos. La madre y el hermano de la víctima han renunciado a las acciones civiles y penales que pudieran corresponderles, informa la Fiscalía.

No consta que se ocasionaran daños en el muro contra el que chocó el acusado, dado que se trataba de una casa en ruinas que posteriormente fue totalmente derruida.

Los hechos han sido considerados constitutivos de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas (artículo 379.2 del Código Penal), en concurso con un delito de homicidio por imprudencia (artículo 142.1). Concurre la atenuante de reparación del daño, ya que el acusado consignó las cantidades correspondientes a las responsabilidades civiles derivadas de los hechos en relación a los gastos médicos causados y la intervención del cuerpo de bomberos.

Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó una condena de 2 años de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 3 años y 6 meses. La Fiscalía no se opuso a la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, condicionada a que el acusado no delinca en el plazo de 3 años. De este modo, el hombre no entrará en prisión.

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