¿Se puede viajar con precios del Imserso sin ser jubilado?

Este programa para fomentar el turismo entre las personas mayores tiene una serie de requisitos

Turistas del Imserso haciendo gimnasia en Benidorm. / DAVID REVENGA

Los viajes del Imserso tiene un claro objetivo: "fomentar la autonomía de las personas mayores y potenciar el desarrollo económico del sector turístico". Así lo explican desde el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, encargados de la gestión del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).

Para las personas mayores este tipo de viajes son muy positivos porque contribuyen al envejecimiento activo y saludable. El Programa incide de forma determinante en otro fenómeno sobre el que se trabaja activamente desde este Instituto, por encontrarse dentro del ámbito de los planes de servicios sociales estatales: la soledad no deseada en este colectivo

¿Se puede viajar con el Imserso sin ser pensionista ni estar jubilado?

Hay una serie de requisitos para entrar en este programa de viajes de personas mayores. Cada año se convocan plazas.

Para la temporadada 2024/25 estos son los requisitos para viajar con el Imserso:

  1. Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
  2. Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
  3. Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
  4. Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.

Además, hay otros dos requisitos que se deben cumplir: "Españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado 1.a). Así, los españoles residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado".

¿Se puede llevar acompañante en los viajes del Imserso?

Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

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Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

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