Opinión | En clave europea

Eliseo Oliveras

Falta de transparencia europea

La limitada accesibilidad a los documentos oficiales emitidos por las instituciones comunitarias constituye un problema endémico que no han logrado corregir las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE

Archivo - Banderas de la Unión Europea (UE).

Archivo - Banderas de la Unión Europea (UE). / JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo

La falta de transparencia de la Comisión Europea y del Consejo de la Unión Europea (UE) en el acceso a los documentos en los que basan sus decisiones y su legislación es un problema endémico que no han logrado corregir las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE, ni diez años de reiteradas amonestaciones de la hasta hace poco Defensora del Pueblo Europeo, Emily O’Reilly, ni las denuncias de las organizaciones civiles, las asociaciones de periodistas y los medios de comunicación.

El informe anual del Defensor del Pueblo Europeo 2024, que acaba de presentar la nueva ombudsman, Teresa Anjinho, destaca el nuevo aumento de las quejas por la obstaculización y el veto al acceso público a documentos relevantes por parte de la Comisión Europea y el Consejo de la UE. Además, el informe subraya la falta de transparencia en los expertos que asesoran a la Comisión Europea para elaborar sus proyectos legislativos, así como en el funcionamiento del Consejo UE-EEU sobre Comercio y Tecnología y en los acuerdos de la UE con terceros países, como el de Túnez sobre inmigración.

Tanto la Comisión Europea como el Consejo de la UE retrasan indebidamente o niegan el acceso a documentos que deberían ser accesibles según el reglamento de transparencia 1049/2021, el artículo 15 del Tratado de Funcionamiento de la UE y el artículo 42 de la Carta de Derechos Fundamentales. El informe del Ombudsman Europeo detalla que la Comisión Europea incumple en un 85% de los casos los plazos fijados para responder.

Una investigación abierta por O’Reilly sobre tres legislaciones clave (ley de mercados digitales, revisión de la directiva sobre derechos de emisiones y la directiva sobre salarios mínimos) concluyó el pasado 3 de diciembre que tanto la Comisión Europea y el Consejo de la UE negaron el acceso público a documentos relevantes con argumentos infundados, como que podía dar lugar a “interpretaciones erróneas por parte del público” o a “presiones externas”. Esos argumentos ya han sido desestimados en el pasado por el Tribunal de Justicia de la UE. Pero la Comisión Europea y el Consejo de la UE siguen escamoteando así datos importantes para impedir que los ciudadanos puedan opinar antes de que la legislación sea adoptada.

Un caso destacado fue el rechazo de la Comisión Europea al acceso a documentos relativos a la revisión de las reglas de la UE sobre información a los consumidores sobre los alimentos, detalla el informe del Ombudsman. La Comisión Europea también vetó el acceso a documentos clave sobre la legislación para combatir en abuso sexual de menores en línea, en la que pretendía espiar y escanear todas las telecomunicaciones privadas de todos los ciudadanos.

Otro caso muy grave fue la ocultación por la Comisión Europea de datos e informes relevantes en la ley de Restauración de la Naturaleza a los ciudadanos y a los gobiernos de los Veintisiete, que solo hizo públicos una vez la ley había sido adoptada, para prevenir que se usaran esos datos y documentos durante el debate y la votación de la ley, critica el informe del Ombudsman.

Las principales asociaciones de periodistas europeas y los representantes de las grandes agencias de prensa y de destacados medios de comunicación de la UE han presentado esta semana una carta de queja a la Comisión Europea por el sistemático retraso en la tramitación de las peticiones de acceso a documentos y su frecuente rechazo en base a argumentos espurios. La carta critica que el Ejecutivo comunitario llega a tardar más de un año en responder y que a menudo incluso se tardan semanas en dar por registrada la petición.

El Tribunal de Justicia de la UE reiteró el pasado 16 de enero el derecho de los ciudadanos y las organizaciones civiles al acceso a los documentos y la información sobre las discusiones en los comités técnicos de la UE, presididos por la Comisión Europea y donde se adoptan numerosas regulaciones sin transparencia. El caso se centraba en la legislación sobre pesticidas, pero la sentencia crea jurisprudencia y reafirma una sentencia anterior de 2022, que la Comisión Europea había recurrido para mantener el secretismo de esos comités reguladores y la influencia indebida de la industria y las grandes empresas en sus decisiones. La sentencia recuerda que las excepciones para negar acceso a datos o documentos son muy estrictas y quedan anuladas por la previsión del artículo 4, apartado 3, del reglamento 1049/2001, que establece: “salvo que dicha divulgación revista un interés público superior”.

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