Conflicto entre tribunales

El TC se plantea recurrir a un arma inédita para impedir que la amnistía llegue a Europa

En el Constitucional no dan crédito a la respuesta de la Audiencia de Sevilla sobre por qué han reclamado la providencia con la que pretenden elevar a Europa la sentencia de los ERE y recuerdan que se pide información a diario a todos los tribunales

Cándido Conde Pumpido , junto a los demás magistrados, preside un Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional.

Cándido Conde Pumpido , junto a los demás magistrados, preside un Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional. / DAVID CASTRO

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

Madrid

Las relaciones entre las dos sensibilidades existentes en el Tribunal Constitucional nunca han sido fáciles, especialmente en los momentos en los que las deliberaciones que tienen entre manos se refieren a asuntos de gran repercusión mediática. Pasó con el Estatut de Catalunya y ahora la situación se está reproduciendo con la amnistía, pero a través de una fórmula que hasta ahora nunca se había planteado: la posibilidad de que las sentencias que ha dictado no sean ejecutadas directamente, sino que se consulte su aplicación al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El último episodio lo ha protagonizado la Audiencia Provincial de Sevilla, que ha unido a esa decisión inédita, la que todavía lo supone más de dirigirse al Constitucional para que le justifique por qué le requiere la providencia en la que daba el primer paso para elevar a Europa la sentencia de los ERE que debía ejecutar.

Fuentes del alto tribunal señalan a EL PERIÓDICO que el último paso dado por la Audiencia sevillana en relación con las sentencias por las que se absolvió a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán es una muestra más de la "situación de rebeldía" en la que se mueve ese tribunal de primera instancia desde que ha iniciado los trámites para elevar una cuestión prejudicial al TJUE y paralizar mientras tanto su obligación de dictar una nueva sentencia de los ERE, como le ordenó el TC al resolver los recursos de amparo de los condenados.

Las mismas fuentes aseguran que "la Secretaría del Tribunal Constitucional recaba documentación todos los días" de los distintos tribunales "y siempre se ha recibido sin problema alguno". En este caso, el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, ordenó reclamar la providencia en la que la Audiencia consideraba que la corte de garantías se había extralimitado al invadir competencias del Tribunal Supremo e iniciaba el trámite para preguntar al TJUE si había vulnerado normas europeas. Lo previsto en el TC es que una vez recibida los letrados del Constitucional se pongan a estudiar la respuesta que la corte de garantías debe dar al conflicto planteado.

Entre las que se barajan figura una inédita: la que prevé en el artículo 4.3 de la ley reguladora del propio TC: que él mismo "anule un acto o resolución que contravenga" el complimiento de sus resoluciones. Se incluyó en 2007 tras la condena tres años antes del pleno del Constitucional por el Supremo por haber rechazado un asunto sin estudiarlo. Todavía no se ha utilizado nunca, por lo grave que sería, pero también porque tampoco había hecho falta, puesto que siempre se han cumplido sus sentencias. Otra opción posible es utilizar un incidente de ejecución de sentencia, instrumento con el que se actuó con más agilidad que la que habría supuesto dictar distintas sentencias ante el 'procés' tras la consulta del 9-N de 2014, promovida por el entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas.

La primera opción puede ser por la que finalmente se decante el TC, porque, al conocerse el paso dado por el tribunal que juzgó los ERE, se ha sabido que no es una excepción y que, aunque nunca ningún tribunal había desobedecido las decisiones de la corte de garantías, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha adelantado a la Audiencia sevillana y ya ha planteado una cuestión prejudicial por una resolución sobre laudos arbitrales. Como ya está planteada, la corte de garantías ya no tiene capacidad de actuar en relación con este asunto, pero ello no quita para que sea una muestra más de lo que la mayoría de magistrados que conforman el Constitucional consideran un desacato más a sus resoluciones.

Anunciado por el Supremo

A ello se suma la circunstancia de que de telón de fondo está la amnistía, donde el Tribunal Supremo, como adelantó ese diario, se ha guardado la baza de acudir al TJUE en el caso de que el Constitucional no refrende su decisión de no aplicar la medida de gracia a la malversación en los recursos de amparo interpuestos por los condenados por el 1-O o en la cuestión de inconstitucionalidad que elevó por los delitos de altercado y atentado contra la autoridad. Incluso el alto tribunal lo dejó por escrito en una de sus últimas resoluciones en relación con la medida de gracia.

Para decidir el siguiente paso a dar más conveniente, en el pleno de esta semana Conde-Pumpido planteó a los magistrados su preocupación por lo ocurrido y les anunció su intención de solicitar informes a los letrados, como ya había señalado la víspera en la Sala Primera que también preside. Ello dio pie a que quedara constancia de las posturas irreconciliables que mantienen los dos bloques existentes en el tribunal en general, pero en concreto en relación con la amnistía y, por tanto, en relación con la intención de poner en cuestión las sentencias del Constitucional al consultarlas con la justicia europea. Solo hay tres precedentes equiparables en Europa: dos de Rumanía y uno de Eslovaquia.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents