Audiencia Provincial de Madrid

Carlo Ancelotti será juzgado el miércoles por un fraude fiscal de más de un millón de euros

La fiscalía pide para él cuatro años y nueve meses de prisión y una multa de más de 3 millones de euros por dos delitos fiscales que considera que cometió durante su primera etapa como entrenador del Real Madrid

Carlo Ancelotti

Carlo Ancelotti / EP

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

Madrid

La Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid tiene previsto juzgar el miércoles al entrenador del Real Madrid, Carlo Ancelotti, por un presunto fraude al erario público de 1.062.079 euros presuntamenta cometido durante los ejercicios fiscales de 2014 y 2015. La fiscalía pide para él cuatro años y nueve meses de prisión y una multa de 3.186.237 euros. La deuda tributaria que se le atribuye fue cobrada por la Agencia Tributaria mediante embargo; ascendió a 1.217.958 euros con un recargo de apremio de 243.593 euros y 47.298 de intereses.

El ministerio público, que imputa al acusado dos delitos contra la Hacienda Pública, considera que, a pesar de que confirmó su condición de residente en España a efectos fiscales y de que reflejó que su domicilio estaba en Madrid, solo consignó en sus declaraciones de la renta las retribuciones de trabajo personal percibidas del Real Madrid y omitió el rendimiento correspondiente a la explotación de sus derechos de imagen, porque ficticiamente pretendió haberlo cedido a otras entidades.

El escrito de acusación recuerda que el 4 de julio de 2013 Ancelotti firmó un contrato de trabajo como entrenador del Real Madrid para el periodo entre el 5 de julio de 2013 y el 30 de junio de 2016, “fijándose y especificándose en su remuneración para ese periodo, además de unos rendimientos del trabajo, unos rendimientos derivados de la cesión de los derechos de imagen al club”.

El acusado pasó a trabajar y residir en España, pero cesó de forma anticipada su relación profesional con el club un año antes de lo previsto, el 25 de mayo de 2015. La fiscalía destaca que desde que llegó y hasta aproximadamente octubre ese año dispuso de la vivienda que había arrendado y era España “su centro principal de relaciones personales e intereses económicos y profesionales”. Obtuvo 14.867.622 euros del Real Madrid solo en concepto de rendimientos del trabajo, “debiendo por tanto tributar por su renta universal en nuestro país también en este ejercicio 2015”.

El ministerio público sostiene que para eludir la tributación por los rendimientos de dichos derechos de imagen que recibía del club o de otras marcas por participar en algunos eventos canalizó su cobro a través de “un complejo y confuso entramado de fideicomisos y sociedades interpuestas”. Simuló la cesión de sus derechos de imagen a entidades “carentes de actividad real y de capacidad de explotación,” y que estaban domiciliadas fuera de España, “persiguiendo así la opacidad de cara a la Hacienda Pública española y la ocultación del beneficiario real de los rendimientos procedentes de la explotación de sus derechos de imagen”. Con ello ni él ni ninguna de dichas sociedades tendrían que tributar en España o en el extranjero.

Cesión aparente

La cesión de los derechos de imagen se inicia, según el escrito fiscal, con un contrato privado de fecha 1 de julio de 2013, en el que Ancelotti “aparentemente” cedía sus derechos de imagen a la entidad Vapia Limited por un periodo de 10 años y por un precio de 25.000.000 euros, “que habría de permanecer pendiente como un préstamo libre de intereses, con obligación de reembolso por el comprador a petición del vendedor”. Al día siguiente la sociedad nombra como apoderado al entrenador del Real Madrid “otorgándole los máximos poderes de actuación para gestionar los derechos de imagen aparentemente cedidos en virtud del contrato anterior, con una remuneración por este apoderamiento de 1 euro”.

El escrito de acusación añade que “posteriormente”, sin precisar la fecha, se formalizó un anexo al acuerdo de venta de 1 de julio de 2013, que modificaba el mismo en el extremo de que el plazo de duración de la relación contractual pasaba a ser de 10 a tres años y el precio de compraventa de los derechos de imagen se reducía a un millón de euros anuales frente a los 25 millones previstos para una década, sin que el entrenador recibiera indemnización alguna a pesar de estos cambios tan sustanciales y en su perjuicio.

De forma paralela a su firma del contrato de trabajo como entrenador, el 4 de julio de 2013, se otorgó contrato privado de cesión de derechos de imagen en el que Ancelotti concurría en su propio nombre y representación y en el de una sociedad innominada y no determinada para explotar esos derechos. El contrato con la entidad blanca preveía la cesión del 50% de dichos derechos de imagen a la entidad deportiva entre el 5 de julio de 2013 y el 30 de junio de 2016, “recogiéndose que la identificación y comunicación al club de aquella sociedad sin nombre que explotaba sus derechos de imagen, habría de producirse en un plazo de tres meses”.

La comunicación al Real Madrid de la sociedad en cuestión se produjo casi un año después en un escrito sin fecha que indicaba que Vapia LLP era el titular de los derechos de explotación de imagen del obligado tributario hasta el 30 de junio de 2023. Para la fiscalía, el acusado se valió de esta entidad para que se presentara formalmente ante el club como titular de los derechos de imagen, a pesar de que ni siquiera formalmente los tenía atribuidos, ya que el contrato de cesión referido de 1 de julio de 2013 lo era con Vapia Limited.

El acusado presentó en plazo las declaraciones-autoliquidaciones correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los ejercicios 2014 y de 2015, en las que, además de afirmar su condición de residente en España a efectos fiscales y de reflejar como domicilio el sito en Madrid, consignó únicamente las retribuciones de trabajo personal percibidas del Real Madrid, “pero, con ánimo de eludir injustificadamente sus obligaciones con la Hacienda Pública, omitió todo rendimiento correspondiente a la explotación de sus derechos de imagen”.

Devolución por Hacienda

De esta forma logró declaraciones con cuotas negativas y hasta obtuvo de la Agencia Tributaria (AEAT) devoluciones por el supuesto exceso en su tributación, arrojando un saldo negativo de 39.575,17 euros en el ejercicio de 2014 y de 529.078,41 euros en el de 2015. Y ello cuando la fiscalía precisa que los rendimientos derivados de la cesión de los derechos de imagen supusieron unos ingresos por importe de 1.249.590 euros en 2014 y 2.959.768 en 2015 sin que Ancelotti o las otras dos entidades (Vapia Limited y Vapia LLD) hayan tributado por estas cantidades.

El ministerio público añade que el técnico madridista también omitió en sus declaraciones la titularidad en propiedad de dos bienes inmuebles ubicados en el extranjero. Hacienda calculó el perjuicio sufrido por lo no pagado y lo devuelto incorrectamente en 1.062.079 euros (386.361 en el ejercicio 2014 y 675.718 en el ejercicio 2015).

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