La infracción de hacer Bizum que ya castiga Hacienda: 3.000 euros

Las multas en estos casos oscilan entre el 50% y el 100% del importe no declarado

La infracción de hacer Bizum que ya castiga Hacienda: 3.000 euros

La infracción de hacer Bizum que ya castiga Hacienda: 3.000 euros

La campaña del impuesto de la renta (IRPF) que comienza el próximo 2 de abril presenta algunas novedades en cuanto a las vías de pago. Por primera vez, las declaraciones que resulten a ingresar se podrán liquidar mediante tarjeta, como se hace en las compras de comercio electrónico; o mediante Bizum, el sistema de pagos instantáneos con el que colaboran 38 entidades bancarias y que en 2024 alcanzó los 28 millones de usuarios activos.

Esta es una de las novedades que se incluyen en el borrador de proyecto de orden por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF y del impuesto sobre el patrimonio de 2024. Este texto ha abierto el trámite de audiencia e información pública, que ha iniciado el plazo de recogida de observaciones que finalizará el próximo 27 de este mes. El objetivo de introducir nuevos métodos de pago es facilitar al contribuyente las fórmulas más habituales que se están instaurando en las compraventas y otras actividades.

Hasta ahora, los contribuyentes a los que la declaración resultaba a pagar, en torno a 1 de cada 3 estaban limitados a hacerlo mediante domiciliación bancaria. Con la incorporación de los nuevos sistemas como Bizum y el pago con tarjeta, la Agencia Tributaria permite ampliar las opciones disponibles y adaptarse a las tendencias tecnológicas actuales.

Control de Hacienda

A pesar de que muchos consideran Bizum como una alternativa informal y libre de regulaciones, la realidad es que todas las transacciones económicas están sujetas a la normativa fiscal vigente. Hacienda ha dejado claro que ciertos movimientos pueden ser objeto de supervisión, especialmente cuando se usan para recibir ingresos recurrentes, pagos por actividades económicas o cantidades que excedan ciertos umbrales sin justificación clara.

Cuando el importe no declarado no supera los 3.000 euros la sanción puede alcanzar hasta 3.000 euros, con un recargo adicional del 50% de la cantidad no declarada. Por ejemplo, si un contribuyente omite declarar ingresos recibidos a través de Bizum que suman 2.500 euros, podría enfrentarse a una multa de hasta 3.000 euros más un recargo del 50% sobre los 2.500 euros no declarados. Se consideran infracciones graves cuando la base de la sanción supera los 3.000 euros o cuando la infracción afecta a más del 50% de la base imponible. Las multas en estos casos oscilan entre el 50% y el 100% del importe no declarado. Por ejemplo, si un usuario no declara ingresos por Bizum que suman 5.000 euros, Hacienda podría imponer una sanción de entre 2.500 y 5.000 euros, dependiendo de la gravedad y circunstancias del caso. 

Pequeños errores

Otras novedades de la campaña son que la Agencia Tributaria dejará corregir a los contribuyentes pequeños errores en la declaración de forma sencilla y además ampliará la asistencia a los ciudadanos que vivan en pequeños municipios independientemente de la edad, por lo que se incluirá a todos aquellos que tengan menos de 65 años. Los canales para presentar la declaración será los mismos: de forma electrónica por la app o por la página web, a través del teléfono mediante la campaña 'Le Llamamos' o en las oficinas mediante la petición de cita previa.

A su vez, todos aquellos contribuyentes que en algún momento del año pasado cobraran una prestación por desempleo estarán obligados por primera vez a presentar la declaración aunque no lleguen al límite exento. De no hacerlo, no habrá sanciones tributarias, pero sí de la Seguridad Social. También deberán hacerla quienes cobren el ingreso mínimo vital (IMV) y las personas de la misma unidad familiar que convivan en la misma vivienda del contribuyente que lo percibe; y todos los autónomos, independientemente del volumen de ingresos percibidos.

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