Adiós al carnet de conducir, estas son las enfermedades con las que no podrás coger el coche en España

La renovación del permiso exige un reconocimiento médico previo

Adiós al carné de conducir, estas son las enfermedades con las que no podrás coger el coche

Adiós al carné de conducir, estas son las enfermedades con las que no podrás coger el coche / Freepik

Para obtener el carnet de conducir en España, los futuros conductores tienen que pasar un exámen teórico y otro práctico que, a la hora de renovarlo, no tendrán que volver a realizar. Sin embargo, la renovación del permiso de conductir exige un reconocimiento médico previo que puede invalidar parte o la totalidad del permiso, impidiendo en el último caso su renovación. Y es que hay una serie de enfermedades que, de padecerlas, no podrás coger el coche o, al menos, tendrás algunas restricciones.

Pero, ¿qué enfermedades están en esta lista negra de la DGT?

Por un lado están las enfermedades neurológicas, como epilepsia, Parkinson, esclerosis múltiple, o accidentes isquémicos. También los trastornos cardiovasculares, como arritmias, infarto agudo de miocardio, o prótesis valvulares. El listado incluye las enfermedades respiratorias, como apnea del sueño o disnea permanente.

Los trastornos endocrinos, como diabetes mellitus insulinodependiente, hipotiroidismo, o disfunciones de las paratiroides están incluidos en la lista, además de las enfermedades digestivas, como nefropatías con diálisis o trasplante renal; y los trastornos mentales graves, como demencia, trastornos de ansiedad, o depresión.

Tampoco hay que olvidar los problemas visuales graves, y los trastornos musculoesqueléticos, como paresia de extremidades o disfunción permanente del sistema musculoesquelético.

Hay que tener en cuenta que estas restricciones se establecen con fines de seguridad vial, ya que estas enfermedades pueden comprometer la capacidad de conducción, que es lo que prima.

La DGT tiene regulaciones claras para conductores con condiciones médicas, y la decisión de no renovar el carnet se toma en función de la gravedad de la enfermedad y su impacto en la conducción. 

Carnet de Conducir para Vehículos de Dos Ruedas

Los vehículos de dos ruedas, como motocicletas y ciclomotores, requieren de permisos específicos que aseguran una conducción segura y responsable. En España, el carnet de conducir más comunes para este tipo de vehículos son los siguientes:

Carnet AM: Este es el permiso básico para conducir ciclomotores de hasta 50cc. Los solicitantes deben tener al menos 15 años. Con este carnet, se puede conducir ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros.

Carnet A1: Con este permiso, se pueden conducir motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cc, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso de hasta 0.1 kW/kg. Es necesario tener al menos 16 años para optar a este carnet.

Carnet A2: Permite la conducción de motocicletas con una potencia máxima de 35 kW. Los aspirantes deben tener al menos 18 años. Es una opción popular para aquellos que desean una experiencia de conducción más potente sin las restricciones del carnet A1.

Carnet A: Es el carnet para motocicletas sin limitaciones de potencia. Sin embargo, para obtenerlo, es necesario tener al menos 20 años y haber tenido el carnet A2 durante al menos dos años.

Carnet de Conducir para Automóviles

Cuando se trata de automóviles, las opciones son igualmente variadas, cada una con sus propios requisitos y limitaciones. Los más comunes son:

Carnet B: Este es el permiso más común y permite conducir automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda los 3,500 kg y que estén diseñados para transportar hasta ocho pasajeros además del conductor. Los aspirantes deben tener al menos 18 años.

Una ventaja notable del carnet B es que, tras tres años de experiencia, permite conducir motocicletas de hasta 125 cc sin necesidad de una licencia adicional, lo que lo convierte en una opción versátil para muchos conductores.

Carnet B+E: Este permiso es necesario para conducir conjuntos de vehículos acoplados en los que el vehículo remolcado tiene una masa máxima autorizada superior a 750 kg, pero la combinación de ambos no excede los 4,250 kg. Es una extensión del carnet B, ideal para quienes necesitan remolcar caravanas o grandes remolques.

Carnet de Conducir para Vehículos Pesados

Para aquellos interesados en la conducción profesional de vehículos pesados, España ofrece una serie de permisos específicos:

Carnet C1: Permite conducir vehículos entre 3,500 kg y 7,500 kg con un máximo de ocho pasajeros además del conductor. Se requiere tener al menos 18 años y el carnet B.

Carnet C: Para vehículos de más de 3,500 kg, sin límite superior de peso, además de poder llevar un remolque de hasta 750 kg. Es esencial para aquellos que desean trabajar en el sector del transporte de mercancías.

Carnet C+E: Este es el máximo nivel para la conducción de vehículos pesados con remolques de cualquier peso, ideal para conductores de camiones articulados. Los aspirantes deben tener al menos 21 años y el carnet C.

Carnet de Conducir para Transporte de Pasajeros

Para el transporte de pasajeros, se requieren permisos específicos que aseguran la seguridad tanto del conductor como de los pasajeros:

Carnet D1: Permite conducir vehículos diseñados para el transporte de no más de 16 pasajeros además del conductor, con una longitud máxima de 8 metros. Los solicitantes deben tener al menos 21 años y el carnet B.

Carnet D: Este permiso es necesario para vehículos destinados al transporte de más de ocho pasajeros, sin límite superior. Es esencial para conductores de autobuses y autocares.

Carnet D+E: Permite conducir vehículos del tipo D con un remolque de más de 750 kg. Es la opción ideal para aquellos que operan autobuses con remolques adicionales.

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